Para proteger el recurso íctico del río Uruguay, se estableció una veda.
De esta manera, desde la Comisión Administradora del Río Uruguay dispuso la publicación de la Resolución Nº 06/22, que define nuevos alcances para la veda de pesca en el Río Uruguay; la cual ya comenzó a regir a partir de las publicaciones en el Boletín Oficial de la República Argentina y el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.
La mencionada resolución precisa en su primer artículo que «se establece la veda de pesca comercial, deportiva y artesanal en horario nocturno, en el bajo Río Uruguay». Y el artículo 2, define la veda de «la pesca comercial y artesanal durante las veinticuatro horas de los días sábados y domingos». La resolución tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022. Esta resolución aplica a la jurisdicción de CARU, es decir, desde la desembocadura en el Río de la Plata hasta el kilómetro 498 donde finaliza la frontera entre Argentina y Uruguay.
Fuente:http://lacalle.com.ar
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